Código de Conducta para Proveedores C&A

C&A se adhiere a los diez principios del Pacto Mundial de las Naciones Unidas.

C&A espera que sus proveedores conduzcan sus operaciones de manera responsable, y que hagan todos los esfuerzos razonables para proteger a las personas y el medio ambiente. La tabla de más abajo resume los requisitos del Código de Conducta.


1. Cumplimiento de la ley

Cumplimiento de la ley nacional y de cualquier otra legislación aplicable, en todo momento. Respeto de los derechos de propiedad intelectual.

2. Trabajo

- Prohibición del trabajo infantil.

- No discriminación en el empleo.

-Prohibición del trabajo forzoso.

-Respeto de la libertad de asociación y de la negociación colectiva.

-Prohibición del trato vejatorio o inhumano.

-Entorno de trabajo seguro y con estándares correctos de higiene.

-Consideración especial hacia los grupos vulnerables.

-Legalidad de las condiciones de empleo.

-Salarios dignos, pagados con puntualidad.

-Número no excesivo de horas de trabajo.

3. Medio ambiente

Cumplimiento de los requerimientos legales.

-Gestión del desempeño ambiental.

-Mejora de la eficiencia en el consumo de agua y energía.

-Reducción de los residuos y las emisiones al ambiente.

-Reducción de los químicos peligrosos en la cadena de suministro.

4. Anticorrupción

-Prohibición de sobornos y prácticas corruptas.

1. CUMPLIMIENTO DE LA LEY

Los proveedores deben cumplir la ley nacional y cualquier otra legislación aplicable, en todo momento.

En aquellos casos en que lo dispuesto por la ley y las normas del Código de Conducta hagan referencia a una misma cuestión, los proveedores deberán aplicar la provisión que brinde mayor protección a los trabajadores o al ambiente.

Los proveedores deben garantizar el respeto de los derechos de propiedad intelectual, y no ofrecerán ni producirán falsificaciones (piratería) bajo ninguna circunstancia.

2. TRABAJO

Los requerimientos de esta sección se basan en los estándares de la Organización Internacional del Trabajo, el Programa Mundial de Cumplimiento Social (GSCP) y el Ethical Trade Initiative Base Code.

C&A respeta los derechos humanos y no quiere ser cómplice de ninguna situación de abuso de los derechos humanos. C&A espera que sus proveedores respeten los derechos humanos de los trabajadores y que cumplan los requerimientos de esta sección.

2.1. Trabajo infantil

Los trabajadores deberán tener al menos 16 años, o más si así lo exige la legislación local, incluida la reglamentación sobre educación obligatoria.Los trabajadores que realicen trabajos peligrosos o que trabajen durante la noche deberán tener al menos 18 años de edad.

2.2. Discriminación

Los proveedores no deben aplicar, favorecer o tolerar la discriminación en el trabajo. La única base admisible para la diferenciación de los trabajadores será su capacidad y buena disposición para desempeñar el trabajo, y nunca sus características personales.

2.3. Trabajo forzoso

Los trabajadores deben desempeñar su labor de manera voluntaria, lo cual significa que se prohíben todas las formas de trabajo forzoso, incluido el trabajo en condiciones de servidumbre o el trabajo forzado o en prisiones. Los proveedores no podrán vulnerar la libre elección del empleo exigiendo depósitos o reteniendo documentos de identidad o salarios. Los proveedores deberán permitir que los trabajadores rescindan sus contratos de trabajo, con un preaviso razonable.

2.4. Libertad de asociación

El proveedor debe adoptar una actitud abierta y que facilite la representación de los trabajadores; igualmente, debe permitir que los trabajadores formen o se unan a sindicatos de su elección, y que utilicen la negociación colectiva. Los representantes de los trabajadores tendrán acceso al lugar de trabajo para desempeñar sus funciones de representación. En aquellos casos en que la libertad de asociación y el derecho de negociación colectiva estén limitados por la ley, los proveedores deberán facilitar y no obstaculizar formas alternativas de representación de los trabajadores y negociación. Los proveedores deben aplicar mecanismos de resolución de conflictos, que permitan resolver las disputas industriales internas y las quejas de los trabajadores.

2.5. Prohibición del trato vejatorio o inhumano.

Los proveedores deben tratar a los trabajadores con dignidad y respeto, y no practicar ni tolerar hostigamiento4, intimidación, violencia, castigos corporales o abusos de ninguna clase. Los proveedores deben establecer procedimientos disciplinarios por escrito, explicarlos en términos claros a sus trabajadores y llevar un registro de todas las acciones disciplinarias.

Los proveedores deben asegurar que las medidas disciplinarias sean proporcionadas, y que no incluyan castigos físicos o psicológicos.

2.6 Seguridad y salud

Los proveedores deben brindar un lugar de trabajo seguro y saludable, con suficiente luz, calefacción y ventilación. Los proveedores deben tomar precauciones para evitar que se produzcan accidentes y lesiones durante el trabajo; deben garantizar un manejo y almacenamiento seguro de los productos químicos, la seguridad de las máquinas y equipos, la seguridad eléctrica, la seguridad, solidez y estabilidad de los edificios —incluidos los alojamientos, cuando se provean—, y deberán tomar medidas adecuadas de prevención de incendios. Los proveedores deben brindar a los trabajadores un entrenamiento regular en materia de seguridad y salud, que incluya entrenamiento de seguridad en caso de incendio, entrenamiento en manejo de residuos y manejo de productos químicos y otros materiales peligrosos.

Los proveedores deben brindar acceso a instalaciones sanitarias limpias, agua potable y, cuando aplique, instalaciones higiénicas de almacenamiento y preparación de alimentos.En los casos en que se provean alojamientos, estos deberán ser limpios y seguros, y deberán cubrir las necesidades básicas de los trabajadores.

2.7. Protección de grupos vulnerables

Los proveedores deben mostrar una especial consideración por los derechos de las personas más vulnerables a las prácticas laborales abusivas, como mujeres, trabajadores a domicilio, eventuales y temporales, e inmigrantes. Los proveedores que empleen personas que trabajan a domicilio deben cumplir las C&A Guidelines for the Use of Home Workers, que forman parte del documento

2.8. Empleo según la legalidad

Los proveedores deben entablar con los trabajadores relaciones laborales reconocidas, conformes con la ley y las prácticas nacionales.Los proveedores no deben tratar de eludir sus obligaciones legales derivadas de la relación laboral.

2.9. Salarios

Los proveedores deben remunerar a los trabajadores mediante salarios, horas extraordinarias, prestaciones y vacaciones pagadas, equivalentes o superiores al mínimo legal y/o a las cotas de referencia de la industria, lo que sea mayor.Los proveedores deben pagar a los trabajadores todas las horas extraordinarias a un precio no inferior al 125% de la paga por hora normal, o superior si así lo requiere la ley. Los salarios y cualquier otra remuneración deben pagarse de forma regular y puntual. Asimismo, deben ser suficientes para cubrir las necesidades básicas y aportar algunos ingresos discrecionales a los trabajadores y sus familias.

Los proveedores no podrán aplicar deducciones a los salarios que no estén previstas por la legislación nacional, ni podrán hacerlo como medida disciplinaria. Antes de empezar a trabajar, los proveedores deben entregar a los trabajadores información por escrito, fácilmente comprensible, sobre sus condiciones de empleo y su salario; igualmente, deberán detallar por escrito el salario cada vez que lo abonen.

2.10. Horario de trabajo

Los proveedores deben definir mediante un contrato el número de horas de trabajo normales. Dicho número deberá ser conforme a la ley nacional o los contratos colectivos, con un máximo de 48 horas por semana, excluidas las horas extraordinarias. Los proveedores deben recurrir a las horas extraordinarias de forma responsable. No deben solicitarlas de forma regular y deben aceptar que las horas extraordinarias son voluntarias, por lo cual no podrán obligar a los trabajadores a laborarlas. No se podrá trabajar más de 60 horas a lo largo de un periodo cualquiera de siete días, excepto en circunstancias verdaderamente excepcionales e impredecibles. Los proveedores deben brindar descansos a los trabajadores. Los trabajadores tendrán, como mínimo, un día de descanso por cada periodo de siete días, y los feriados oficiales.

3. MEDIO AMBIENTE

C&A piensa que un buen desempeño ambiental es una condición previa para nuestro éxito en el futuro como industria. Por ello, C&A espera que, a largo plazo, sus proveedores vayan un paso más allá del cumplimiento de la ley y que gestionen su desempeño ambiental de forma proactiva. En los casos en que sea necesario, C&A colaborará estrechamente con sus proveedores para ayudarlos a garantizar el cumplimiento.

3.1. Cumplimiento de la ley

Los proveedores deben cumplir todas las leyes y reglamentos locales y nacionales de protección del ambiente; igualmente, harán esfuerzos para cumplir la normativa internacional de protección del ambiente.

Los proveedores deben obtener todos los permisos ambientales necesarios, y mantenerlos al día.

3.2. Gestión del desempeño ambiental

Los proveedores deben tener implantado un sistema de gestión ambiental,10y designarán a un miembro de la alta gerencia como responsable del desempeño ambiental. Los proveedores deben medir el consumo de energía y agua, las emisiones y descargas al ambiente, y la eliminación de residuos. Esta información deberá revelarse a C&A, a solicitud de ésta.

Los proveedores deben integrar el impacto ambiental en sus decisiones de negocio; deberán adoptar un enfoque de mejora de su desempeño ambiental y exigirán lo mismo a sus respectivos proveedores y subcontratistas.

3.3. Uso de recursos y cambio climático

Los proveedores deben tomar medidas de mejora continua de su eficiencia energética en los edificios, el transporte y la producción, y harán esfuerzos razonables para utilizar fuentes de energía renovables o con menor intensidad de carbono. Los proveedores que tengan procesos en húmedo deberán tomar medidas de mejora continua de la eficiencia del consumo de agua. Los proveedores deben hacer esfuerzos razonables para garantizar que sus decisiones de compra no favorezcan la deforestación, el trato cruel de animales o impactos negativos en ecosistemas vulnerables o especies amenazadas.

3.4 Residuos y emisiones

Los proveedores deben tomar medidas de diseño y eficiencia operativa orientadas a reducir sus residuos; igualmente, deben facilitar la reutilización y el reciclaje siempre que sea posible. Los proveedores deben tratar adecuadamente las aguas residuales antes de descargarlas. Deben también comprobar que las aguas residuales que descarguen cumplan la normativa nacional y local, y deben brindar información sobre la calidad de las aguas residuales a otros grupos de interés, a petición de C&A. Los proveedores deben tomar medidas para minimizar la contaminación auditiva y las emisiones al aire, al suelo y a las aguas subterráneas.

3.5. Productos químicos peligrosos

Los proveedores deben colaborar con C&A y con sus propios subproveedores con vistas a eliminar sustancias peligrosas de sus cadenas de suministro.

4. ANTICORRUPCIÓN

C&A espera que sus proveedores desarrollen prácticas de negocio con un alto nivel de ética. Los proveedores deben cumplir toda la legislación aplicable contra los sobornos y la corrupción. Los proveedores no deben ofrecer, pagar, solicitar ni aceptar sobornos, incluidos pagos de facilitación. Los proveedores deben disponer de una política y procedimientos contra prácticas corruptas, que deberán revisar con regularidad para garantizar su eficacia.

Garantía del cumplimiento del Código de Conducta

C&A es consciente de los retos de cumplir en su totalidad los requerimientos de este Código de Conducta. No obstante, considera que dicho cumplimiento es crítico para su éxito comercial futuro y para el de sus proveedores. Cumplir el Código de Conducta es tan importante como cumplir nuestros estándares de calidad o las condiciones de entrega. C&A se esforzará seriamente por trabajar con proveedores abiertos, honestos y comprometidos con la mejora continua. Además, los ayudará a cumplir los requisitos.

1. Administración del desempeño

Los proveedores deben tener un sistema de gestión efectivo que les permita administrar de forma proactiva el cumplimiento del Código de Conducta, y designarán a un miembro de la alta gerencia como responsable de cumplimiento.

Los proveedores deben concienciar a los trabajadores de los requisitos del Código de Conducta, y deberán proveer el entrenamiento oportuno para sus gerentes y supervisores. Los proveedores deben realizar evaluaciones internas con regularidad.

Antes de iniciar la producción, todas las unidades de producción de los proveedores, tanto propias como subcontratadas, deberán obtener la aprobación de C&A. Se prohíbe terminantemente el uso de cualquier unidad de producción no autorizada. Los proveedores no podrán subcontratar ninguna parte del proceso de producción sin el consentimiento previo por escrito de C&A. En cualquier caso, sólo podrán hacerlo después de que: a) el subcontratista se haya comprometido a cumplir el Código de Conducta; y b) el subcontratista haya pasado una auditoría. Los proveedores son responsables de garantizar que sus subcontratistas cumplan el Código de Conducta.

2. Seguimiento y transparencia

Los proveedores deben permitir que C&A y/o sus representantes realicen controles, anunciados o sin previo aviso.

En el curso de estos controles, los proveedores deben brindar su cooperación y permitir el acceso sin restricciones a los trabajadores, los registros, las zonas de trabajo y los alojamientos, si los hay. Los proveedores deben facilitar la realización de entrevistas a trabajadores en un lugar privado. Tampoco podrán aconsejar a los trabajadores lo que deben responder a las preguntas. Los proveedores deben mantener registros completos y precisos12 que permitan evaluar el cumplimiento de manera efectiva. No manipularán la información ni falsearán ningún aspecto de sus actividades. Los proveedores autorizan a C&A a revelar a terceros sus nombres y las locaciones de sus unidades de producción, así como información relativa a su desempeño conforme al Código de Conducta. Los proveedores deben brindar asistencia a C&A y/o sus representantes para auditar a sus propios subproveedores y subcontratistas, cuando C&A lo requiera.

3. Sanciones

C&A dispone de un sistema de denuncia de irregularidades denominado “Canal de Equidad”, a través del cual cualquier parte interesada proveedores, trabajadores de fábricas y empleados de C&A puede reportar comportamientos no éticos e infracciones del Código de Conducta a la alta gerencia de C&A.Cuando se detecten infracciones del Código de Conducta, C&A exigirá al proveedor que desarrolle un plan de mejoramiento (con la colaboración de C&A si es preciso) y que lo ejecute en un plazo de tiempo determinado, que podrá variar dependiendo del carácter de la infracción.

En el caso de infracciones muy graves como, por ejemplo, trabajo infantil, trabajo forzoso o en prisiones, sobornos, engaño, uso de falsificaciones y empleo de unidades de producción no autorizadas, y/o si, de forma continuada, el proveedor no ejecuta los planes de mejoramiento acordados, C&A se reserva el derecho a interrumpir la relación comercial con el proveedor, lo que incluye la cancelación de los pedidos en curso.

C&A hará responsable al proveedor de los daños y costos en los que incurra, incluyendo el lucro cesante, como resultado del incumplimiento del Código de Conducta por parte del proveedor o sus subcontratistas

C&A desea entablar relaciones a largo plazo con proveedores que se comprometan de forma genuina a trabajar en la mejora de las condiciones laborales y el desempeño ambiental, y está dispuesto a ayudarlos a superar las dificultades que deban afrontar. Para cualquier aclaración sobre la aplicación del Código de Conducta, favor de consultar el documento Supporting Guidelines to the Code of Conduct, que se actualiza con regularidad.